Comisión por omisión y la actitud del garante
DOI:
https://doi.org/10.46780/sociedadcunzac.v1i1.1Palabras clave:
garante, acción, omisiónResumen
Los delitos de comisión por omisión se han determinado partiendo de lo que es la acción, habiéndose considerado siempre la voluntad de la persona que la realiza, quien ha encaminado su comportamiento hacia un fin, es decir es una voluntad final la que realiza cuando realiza la acción.
Se ha analizado la importancia de los delitos de omisión realizando una evaluación entre el punto de partida de la acción y si en realidad se omitió una acción voluntariamente habiendo analizado elementos físicos y psicológicos o simplemente no fue una actitud de omisión sino que debe evaluarse desde la perspectiva de la actitud del garante quien no evitó el resultado que se provocó con la acción , en ambos casos el resultado se imputa al omitente, y basados en esta diferenciación se conoce lo que es la omisión pura en
donde se sanciona la acción de la omisión de una determinada actividad no importando el resultado que se produzca sino tomando más en consideración la actitud del garante.
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